Sitio oficial del Grupo Internacional para la Responsabilidad Social Corporativa en Cuba

Agosto 25, 2011

Declaración de la Coalición Sindical Independiente de Cuba (CSIC)

La clase obrera cubana pasa los peores momentos de su vida. El millón trescientos mil
trabajadores a desemplear, en un proceso obligatoriamente paralizado, obliga a la Coalición Sindical Independiente de Cuba (CSIC) a pronunciarse a favor del bienestar de los trabajadores, proclamando ante el pueblo y el mundo el interés de los sindicatos independientes en buscar la justicia social que le posibilite una decorosa calidad de vida para ella y su familia.

La CSIC agrupa en sus filas a trabajadores manuales, intelectuales, industriales, agrícolas, cuentapropistas, del mar, técnicos, maestros, científicos, administrativos, profesionales, artistas, privados -asalariados o autónomos-, entre otros que nos integran.
La CSIC valora como un apreciado don el respeto a la dignidad humana, esencial para el libre ejercicio de los derechos humanos laborales, la libertad e igualdad sin distinción de clases, étnicas, economía; preferencia políticas, ideológicas, culturales, religiosa, sexuales u otras que menoscaben el ejercicio de la capacidad laboral.

POR LO CUAL LA CSIC:

  1. Basa sus lineamientos en la Carta de Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convenios y/o Recomendaciones de la OIT de la cual Cuba es signataria.
  2. Aspira a una Cuba justa y equitativa, basada en la solidaridad y la equidad en la solución de los problemas laborales.
  3. Lucha por un trabajo digno y un salario justo, que satisfaga las necesidades de la clase obrera, para lo cual es imprescindible aumentar el salario, la productividad del trabajo y rebajar los precios en los mercados particulares y estatales, en divisa o peso moneda nacional.
  4. Propugna la autonomía sindical, bajo el cumplimiento de las Normas Internacionales de Trabajo, en especial los Convenios números 87/1948 (sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicalización) y 98/1949 (sobre el derecho de sindicalización y de negociación colectiva), así como el resto de los cuales Cuba es signataria.
  5. Sanciona las condenas a prisión de las personas que, ejerciendo las facultades de los convenios números 87 y 98 enunciados, crean sindicatos independientes o pertenecen a los mismos.
  6. Conmina al Estado a la autorización de la ayuda financiera internacional que posibilite a los trabajadores por cuenta propia crear empresas de diferentes categorías que propicien nuevas fuentes de empleo, entre ellas: Naciones Unidas, ONG y otros que la favorezcan.
  7. Cree imprescindible modificar el sistema tributario que extorsiona a los trabajadores por cuenta propia, rebajar los impuestos, modificarlos y dar facilidades para su pago, sobre todo en las microempresas, hasta obtener ciertas ganancias.
  8. No se limite la creatividad humana para ejercer el trabajo por cuenta propia. Se autorice a los profesionales y a los trabajadores con posibilidad de ejercerlo, sin limitaciones en sus especialidades. Incluye administrativos, de servicios, técnicos y otros comprendidos en la escala salarial, previo cumplimiento de la jornada laboral legalmente establecida.
  9. Rebajar la cuantía a abonar por la seguridad social a las mujeres del sector informal, acorde al tipo de establecimiento y posibilidades de venta.
  10. Consentir la asociación entre las microempresas para que los productos tengan un precio asequible a la población mediante la oferta y la demanda.
  11. Autorizar a cubanos y extranjeros invertir en los diversos sectores de la esfera productiva.
  12. Se pronuncia por una participación real, activa y permanente de los trabajadores en los problemas económicos relacionados en las entidades donde se desempeñan.
  13. Considera ineludible la existencia de una moneda única: aquella por la cual los trabajadores devengan un salario por un tiempo de trabajo.
  14. Favorece el diálogo y las negociaciones que mejoren las relaciones entre los trabajadores y los empleadores, mediante intercambios que lo posibiliten.
  15. Reconoce los auténticos precursores que defendieron a la clase trabajadora y rescataron y consolidaron reivindicaciones síndico-laborales que se violan.
  16. Rechaza la violencia, la corrupción, el desempleo y la vagancia injustificada.
  17. Respeta la dignidad humana, donde es esencial el libre ejercicio de los derechos humanos.
  18. Exhorta a los trabajadores del sector agropecuarios y rurales a reclamar la tierra, exigir los implementos de labranza; vender sus productos libremente y a precios equitativos, con o sin intermediarios.
  19. Se pronuncia por desarrollar una cultura laboral que sirva a los trabajadores para defenderse de las administraciones, ante sus injusticias.
  20. Repudia las estructuras burocráticas e inoperantes que emanan de intereses estatales y/o partidistas que frenan el desarrollo económico.
  21. Se opone a la injusticia laboral y a las medidas disciplinarias arbitrales o discriminatorias que violentan la integridad de los trabajadores.
  22. Se pronuncia por la apertura de espacios de libre expresión, asociación, reunión pacífica e intercambio de ideas.
  23. Considera una imperiosa necesidad promulgar leyes acorde a la realidad del contexto nacional, tales como: Código de Trabajo, Ley de Administración de Justicia Laboral y hacer una nueva Constitución de la República acorde a principios democráticos.
  24. Exige al Estado proteger a los ancianos y mendigos que pululan por campos y ciudades, por no tener familia que se hagan cargo, asistencia social o haberlas suprimido arbitrariamente.
  25. Está a favor de la huelga, cumpliendo sus requisitos, sean justas y afecte a la mayoría de los trabajadores.
  26. Considera apropiado realizar el paro forzoso ante situaciones irreconciliables con las administraciones y garantizar su indemnización.
  27. Está a favor del desfile pacífico en demanda del cumplimiento de peticiones y reivindicaciones laborales previamente presentadas a las administraciones sin respuesta favorable.
  28. Defiende la compra-venta siempre que se acredite la propiedad si se tratara de un inmueble u otros que la requieran.
  29. Tiene a bien el derecho de los trabajadores a disfrutar al final del año, como compensación al esfuerzo realizado, una remuneración adicional o aguinaldo.
  30. Conmina a la Central de Trabajadores de Cuba a que reconozcan la existencia de los sindicatos independientes y que nos permitan presentar candidatos en los comicios de esta índole.
  31. Permitir a los empresarios extranjeros contratar libremente la fuerza de trabajo, desapareciendo consideraciones ideológicas para seleccionar su personal, evaluando la capacidad técnica o profesional y la experiencia de los contratados.
  32. Suprimir la limitación en la elección del trabajo o la profesión, de modo que ese derecho  se obtenga por igualdad de deberes.
  33. Cumplir los contratos individuales y las disposiciones emanadas de la legislación laboral vigente en materia de trabajo y seguridad social.
  34. Los trabajadores, como está regulado, deben conocer, dominar y participar en la confección de los convenios colectivos de trabajo; hacer que se cumplan y respeten sus cláusulas.
  35. Está en contra de los actos de repudio y acciones que atente contra la dignidad e integridad física, moral y espiritual de la clase obrera; censura la represión, el hostigamiento, el asedio, la tortura, la pena, el trato cruel e inhumano degradante.
  36. Otras que se pueden añadir.

Dado en La Habana,
agosto, 2011.

María Elena Mir Marrero
Sec. Gral CONIC

Maybell Padilla Pérez
Sec. Gral CUTC

Iván Hernández Carrillo
Sec. Gral CTIC


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