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Resumen de las principales violaciones del derecho
laboral y sindical cometidos por el gobierno de Cuba
Joel Brito. Junio 11, 2003.
- Una sola Central Sindical que agrupa a 19 Sindicatos Nacionales.
En sus estatutos se lee: "La CTC y los Sindicatos reconocen
abierta y conscientemente la dirección superior del Partido
Comunista de Cuba como destacamento de vanguardia y máxima
organización de la clase obrera, acogen, hacen suya y siguen
su política".
En otras regulaciones estatales se aprecia: En la Ley 49, Código
del Trabajo, 28 de diciembre de 1985, en los artículos 15
y 16 hacen referencia explicita a la existencia y a la afiliación
de todos los trabajadores a la CTC y a sus Sindicatos Nacionales;
y en el Decreto Ley 67, de la Organización de la Administración
Central del Estado, del 19 de abril de 1983, en el artículo
61 "se le confiere a la CTC la representación legal
e institucional de los trabajadores cubanos". El secretario
general de la CTC es miembro del Buró Político y el
98 % de los principales dirigentes son militantes del partido comunista.
- Incumplimiento reiterado de los principales convenios y recomendaciones
de la Organización Internacional del Trabajo.
Se observa en los últimos 13 años las siguientes
estadísticas:
-Observaciones
individuales de la Comisión de Expertos en Aplicación
de Convenios y Recomendaciones (54)
-Observaciones
individuales de la Comisión de Aplicación de Normas
de la Conferencia Internacional del Trabajo (11)
-Sumisiones
a las autoridades competentes (11)
- Informes del
Comité de Libertad Sindical (7)
- Reglamentos disciplinarios especiales destinados a sectores
básicos como turismo, industria básica, comunicaciones,
educación, transporte, construcciones y salud pública.
Los reglamentos disciplinarios aprobados sectorialmente con el
consentimiento del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social dejan
en estado de indefensión a los trabajadores.
- Descuento anual de un día de salario para sufragar gastos
de las Milicias de Tropas Territoriales.
Desde 1981 hasta la fecha por este concepto han ido al presupuesto
de las Fuerzas Armadas 580 millones de pesos.
- Aplicación a través del Decreto-Ley # 187, del
18 de agosto de 1998, de las Bases Generales del Perfeccionamiento
Empresarial para su aplicación progresiva en la economía
nacional.
Este sistema en la vida civil es una copia del sistema empresarial
de las Fuerzas Armadas Cubanas. En muchos casos imposible de aplicar
a la vida civil por razones obvias. Hasta el momento se encuentran
incluídas 230 empresas que abarcan unos 145 mil trabajadores
y fueron desplazados de sus puestos de empleos 8 mil trabajadores.
- Discriminación en el empleo en violación de los
convenios 111 y 122 de la OIT.
Se observa la concesión de plazas y ocupaciones basadas
en la categorización política de los aspirantes, las
mejores plazas son asignadas a los militantes del partido y juventud
comunista, a ex oficiales del Ministerio del Interior y de las Fuerzas
Armadas.
- Anotaciones en el Expediente Laboral sobre aspectos ajenos a
la actividad laboral.
Se realizan investigaciones de la vida personal y familiar de los
aspirantes para garantizar la identificación ideológica.
Expulsiones por motivos políticos.
- Asistencia obligatoria a los llamados Trabajos Voluntarios,
Tribunas Abiertas y otros actos de conmemoración política.
- Contratación a través de Agencias Empleadoras
a los trabajadores de las empresas de capital mixtos establecidas
en Cuba a tenor de lo dispuesto en la Ley de Inversiones.
En recientes declaraciones la ministra Martha Loma expresó
que existen 355 asociaciones económicas internacionales,
fundamentalmente en el sector del turismo y la industria básica,
y 290 contratos de producciones cooperadas en la Industria Sideromecánica
y en la Industria Ligera, con un monto inversión extranjera
de 600 millones de dólares. La situación de los trabajadores
en este sector no ha mejorado, el gobierno cubano a través
de sus agencias continua reteniendo el 95 % del salario que obtiene
de los inversionistas extranjeros en moneda libremente convertible
( dólares y euros) y pagándole en pesos cubanos desvalorizados,
en abierta violación de lo que expresa el convenio 95 de
la OIT sobre Protección del salario.
- Prohibición de cualquier forma de manifestación
pacifica, incluyendo el derecho a la huelga u otras formas protestas
pacificas.
- La Negociación Colectiva es casi inexistente y en los
casos que existen Convenios Colectivo de Trabajos estos son tutorados
por el gobierno y el partido comunista.
- Carácter obligatorio del pago de la llamada cuota sindical,
cuyo incumplimiento puedo conllevar a la aplicación de
medidas disciplinarias.
Por este concepto la CTC recauda anualmente unos 58 millones de
pesos.
- Fijación de sistemas especiales de estimulación
en sectores económicos, vinculados no solo a resultados
productivos, sino también a actividades de carácter
político.
Elaborado por: Joel Brito, Director Federación Sindical
De Plantas Electricas, 2003-11-06.
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