Marzo 27, 2006
Comunicado del GIRSC ante los tratos a que son sometidos los
presos de conciencia cubanos
Preso de conciencia se cose los labios
MADRID, 27 de marzo, 2006 - El pasado 23 de abril, el periodista
independiente cubano, Juan Carlos Herrera Acosta y tras recibir
una brutal paliza por parte de sus carceleros, se cosió la
boca en señal de protesta. El periodista lleva 19 días
en huelga de hambre y se encontraba confinado en una celda de castigo
en la prisión donde cumple su pena, la prisión de
Alta Severidad de Kilo 8 en Camagüey. Padece de hipertensión
arterial, gastritis crónica y artritis cervical siendo su
estado de salud altamente precario.
El Grupo Internaiconal por la Responsabilidad Social Corporativa
(GIRSC) condena enérgicamente estos hechos que violan los
Acuerdos Internacionales en materia de trato a los presos, recogidos
en los Principios de la ONU para la protección de todas las
personas sometidas a prisión y en las Reglas Mínimas
de la ONU para el trato a los reclusos. Y alerta, una vez más,
a la opinión pública internacional de estos graves
hechos atentarios contra la dignidad humana, en el convencimiento
de que sólo la solidaridad internacional y el conocimiento
de estas graves violaciones a los derechos humanos podrá
paralizar tal estado de cosas.
Juan Carlos Herrera Acosta fue arrestado y condenado a 20 años
de prisión durante el proceso de marzo de 2003 donde 75 ciudadanos,
entre ellos periodistas, sindicalistas, defensores de derechos humanos
y miembros de partidos políticos, fueron detenidos y condenados
a largas penas de prisión, acusados de publicar artículos
o conceder entrevistas a medios de comunicación, mantener
contacto con organizaciones internacionales de derechos humanos
o con entidades o individuos hostiles hacia los intereses de Cuba,
distribuir o poseer artículos como radios, equipos de vídeo
o cargadores de baterías eléctricas y de participar
en grupos no reconocidos oficialmente por las autoridades cubanas
como sindicatos independientes, organizaciones no gubernamentales,
asociaciones profesionales como las de médicos y educadores,
instituciones universitarias o bibliotecas independientes.
El GIRSC considera que estas actividades constituyen el ejercicio
legítimo de la libertad de expresión, de asociación
y de libertad sindical. Libertades sometidas a fuertes restricciones
tanto en la ley como en la práctica. En Cuba ni los periodistas
tienen libertad para informar a la población que así
se ve privada de un legítimo derecho, ni los sindicalistas
libertad para defender a lor trabajadores que, así, se ven
sometidos a la arbitrariedad de un único sindicato, cuyos
miembros son funcionarios estatales y dependientes del poder político.
y sin más derechos que la aceptación de las imposiciones
que de tal ejercicio se derivan tanto como del obligado acatamiento
de las condiciones laborales que el gobierno decide e impone ya
que, de no hacerlo, la medida es el inmediato despido sin posibilidad
de defensa ni de volver a encontrar nuevo empleo pues es el gobierno
quien decide cuándo, donde y cómo el trabajador desempeñará
su función. La negociación colectiva es inexistente.
Los salarios, impuestos por el poder político, no llegan,
según declaraciones de los propios trabajadores, a cubrir
las necesidades básicas.
Las denuncias efectuadas por los medios de comunicación
independientes y periodistas han llevado a éstos a ser considerados
contrarrevolucionarios, enemigos del sistema y por tanto objeto
de medidas punitivas como el encarcelamiento, el hostigamiento o
la intimidación. Todo aquel que se arriesga a expresar sus
opiniones o a organizar reuniones opuestas a la política
gubernamental ha de ser consciente del pago que tal actividad considerada
ilegal, contraria a la seguridad del Estado y atentatoria contra
los intereses económicos del mismo (Ley 88 o "Ley mordaza"),
puede acarrear y que no es otro sino el confinamiento en las más
de 200 cárceles repartidas por todo el territorio, donde
se les obligará a callar durante largos años.
Las condenas impuestas a los detenidos en la Primavera Negra oscilaron
entre los 16 y los 30 años de cárcel. Y, considerados
terroristas, a la gran mayoría se les confina en cárceles
muy alejadas de sus domicilios lo que, dadas las precarias condiciones
del transporte cubano supone para los familiares un sufrimiento
más añadido. No son raras las situaciones en las que,
tras esperar durante todo el día la visita familiar, ésta
tuvo que regresar a su domicilio sin haber visto al reo y sin recibir
explicación alguna del hecho. Violando así y una vez
más el Conjunto de Principios de la ONU para la proteción
de todas las personas somentidas a cualquier forma de detención
o prisión que reconoce expresamente el derecho de todo recluso
a comunicarse con el mundo exterior, especialmente con sus familiares.
Arbitrariamente se restringen las comunicaciones telefónicas,
las visitas o la correspondencia de los presos o, incluso, les son
negadas.
Sindicalistas, periodistas, defensores de derechos humanos...
son considerados en Cuba terroristas. Y, en las cárceles,
objeto de malos tratos y constantes amenazas, sometidos a condiciones
de gran dureza, en régimen de aislamiento, internados en
celdas de castigo o en "celdas tapiadas" de muy reducido
tamaño (2m x 1m), sin luz, ni muebles ni agua potable o sanitarios,
frecuentemente infestadas de ratas, ratones, cucarachas. A los presos
no se les permite salir, ni recibir visitas, ni hacer ejercicio,
en muchas ocasiones son los propios familiares los que han de llevar
la ropa de cama o las toallas, obligándoles a tomar el sol
a las dos de la tarde o, incluso a ir desnudos. Igualmente, son
sometidos a severas e injustificadas restricciones y/o supresiones
de visitas de familiares o atención médica. O, como
en el caso de Juan Carlos Herrera Acosta, golpeados salvajemente
por guardias penitenciarios o militares. No hay constancia de que
se haya realizado investigación alguna sobre estos hechos.
Las normas internacionales de derechos humanos exigen que se invertiguen
todas las alegaciones de tortura y malos tratos. El artículo
9 de la Declaración sobre la Protección de Todas las
Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas
o Degradantes exige la realización de tales investigaciones
incluso en ausencia de queja formal de la víctima o sus familiares.
El GIRSC considera que tales prácticas que constituyen
trato cruel, inhumano y degradante y viola los Acuerdos Internacionales
de la ONU sobre el trato a los presos y los derechos de los mismos
son las que conducen a los reos a tomar decisiones como las adoptadas
el pasado 23 de marzo por Juan Carlos Herrera Acosta y tantos otros
presos de conciencia que a lo largo de estos años han recurrido
a autolesiones o huelgas de hambre, como única salida a su
desesperación y exige la apertura de las investigaciones
pertinentes, instando a la opinión pública internacional
a exigir al gobierno cubano la puesta en libertad de todos los presos
de conciencia.
Luz Modroño
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