17 de diciembre de 2004
 

 

Problemas en Suiza con las normas laborales

CIOSL en Línea,

La CIOSL somete un nuevo informe ante la OMC

BRUSELAS, 15 de diciembre de 2004, La CIOSL EnLínea: En un nuevo informe de la CIOSL sobre las normas fundamentales del trabajo en Suiza, coincidente con la revisión de la política comercial de ese país que lleva a cabo la OMC, siguen señalándose graves falencias en la aplicación de las normas fundamentales del trabajo, especialmente en lo relativo a los derechos sindicales y a la discriminación.

En Suiza sigue se sigue restringiendo el derecho de sindicación y el de negociación colectiva. Las personas despedidas debido a su pertenencia a un sindicato no tienen vías legales para reclamar su reincorporación y generalmente se les otorga solamente tres meses de salario en lugar del máximo legal de seis. Se han comunicado distintos casos de discriminación antisindical ocurridos en Suiza, tales como intentos del gigante minorista Migros de impedir que los sindicatos lleven a cabo tareas de sindicación y, en otro caso, socavación de la posición de los sindicatos existentes por parte de un sindicato cercano a la empresa.

Muchos empleadores siguen negándose a efectuar negociaciones colectivas y solamente el 50 por ciento de los puestos de trabajo de Suiza están regidos por algún convenio colectivo. El derecho de huelga está restringido, especialmente debido a cláusulas obligatorias que se incorporan a los convenios colectivos prohibiendo hacer "protestas sociales" durante el período de validez del convenio. El derecho de huelga de los funcionarios públicos sigue estando directamente prohibido en siete cantones y en muchas comunas sigue habiendo obstáculos para ejercer este derecho, a pesar de un cambio que se efectuó en la legislación en 2002.

Está prohibida la discriminación en el empleo pero muchas mujeres ocupan puestos de trabajo a tiempo parcial de baja remuneración. Las diferencias salariales entre hombres y mujeres siguen siendo elevadas y en algunas industrias pueden ser superiores al 20 por ciento, como por ejemplo, del 24,6 por ciento en la industria textil y del 26 por ciento en la industria de papel y cartón. Muchos trabajadores y trabajadoras migrantes sufren discriminación en el empleo y en la remuneración.

El trabajo infantil y el trabajo forzoso no constituyen en Suiza problemas graves, aunque se han comunicado algunos casos de presos a los que se exige trabajar a cambio del salario mínimo y de trabajadores domésticos que están en condiciones de servidumbre. Sin embargo, la explotación sexual y la trata de personas sí constituye un problema grave en Suiza.

En su informe, la CIOSL reclama al gobierno suizo tomar las medidas necesarias para que se apliquen los convenios fundamentales del trabajo que ese país ha ratificado. Es necesario introducir diversas mejoras en la legislación, como por ejemplo, estipular la reincorporación de los trabajadores o trabajadoras en caso de despido injusto. Se ha de mejorar la aplicación de la legislación, especialmente en el caso del derecho de negociación colectiva y se ha de promover más ampliamente el Convenio núm. 98 dado el entorno antisindical mencionado anteriormente. Se requieren mayores esfuerzos para combatir la discriminación en el empleo y en la remuneración ya que las diferencias siguen siendo inaceptablemente altas. Y, finalmente, el gobierno debe tomar medidas efectivas para poner término a la trata de mujeres para destinarlas a la explotación sexual.

El examen de la política comercial de la OMC y el informe de la CIOSL incluyen asimismo revisiones sobre Liechtenstein. Si bien Liechtenstein no es miembro de la OIT, en general en ese país se respetan las normas fundamentales del trabajo, con la excepción de la discriminación en los salarios y de una falta de protección legal contra los despidos injustos.

Para ver el informe completo: http://www.icftu.org/displaydocument.asp?Index=991221106

La CIOSL representa a 158 millones de trabajadores y trabajadoras de 231 organizaciones afiliadas, repartidas en 150 países y territorios. La CIOSL es asimismo miembro de la agrupación Global Unions (Sindicatos Mundiales): http://www.global-unions.org.
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