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Trabajo Infantil, la Lucha
apenas Comienza
Por Alejandro Sciscioli, Sindicato
Mercosul, 4 de octubre de 2005.
ASUNCIÓN (IPS) La jornada de Derlis comienza a las cinco
de la mañana, cuando su madre lo despierta para ir trabajar.
Con 12 años, es uno de los pilares económicos del
hogar, que se completa con sus hermanos de 2, 7 y 9 años.
"Mi mamá también trabaja y mis hermanos se quedan
con mi abuela. A mi papá no lo conozco", explica Derlis,
quien viaja diariamente unos 25 kilómetros desde Capiatá,
un suburbio al este de la capital de Paraguay, para trabajar como
lustrabotas en el céntrico Palacio de Justicia.
Derlis es uno de los 241.954 trabajadores de entre 10 y 17 años
que hay en el país, según la última proyección
realizada por el experto Roberto Céspedes basada en los datos
oficiales de la Encuesta Permanente de Hogares realizada en 2001
por la Dirección General de Encuestas, Estadísticas
y Censos.
En el libro "Seguimiento de indicadores sobre la niñez
trabajadora de Paraguay", editado con apoyo de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), Céspedes puntualiza que
la cifra equivale a 4,2 por ciento de la población paraguaya
de ese año (5.830.583 personas) y que los niños, niñas
y adolescentes trabajadores en las ciudades eran entonces 118.562.
El estrato de edad que va de 15 a 17 años constituye casi
60 por ciento de la niñez y adolescencia trabajadora, lo
cual quiere decir que a mayor edad, mayor inserción en el
mercado laboral.
"Respecto de años anteriores, la cifra de trabajadores
menores de edad muestra un comportamiento irregular aunque va en
descenso en cantidad: 395.453 en 1995, 260.633 en 1998 y 233.175
en 1999", señala la investigación.
Es que la sociedad civil comenzó a trabajar en esta problemática
a comienzos de la década de los 90, pero la política
estatal para la erradicación del trabajo infantil apenas
comienza.
La Secretaría de la Niñez y la Adolescencia fue creada
en 2001, tras la aprobación parlamentaria del nuevo código
en la materia como consecuencia de la ratificación del Convención
sobre los Derechos del Niño acordado en 1989 en la Organización
de las Naciones Unidas.
Al año siguiente asumió la primera titular y la tarea
primordial fue establecer las políticas nacionales en la
materia y su programa de acción, pero "sólo a
fines de 2004 fueron aprobados estos planes", dijo a IPS la
abogada María Teresa Sánchez, jefa del Departamento
de Asesoría Legal del nuevo organismo.
Agregó que, en este poco tiempo, la Secretaría se
vio obligada a atender numerosos frentes al mismo tiempo, logrando
avances especialmente en la concreción de un marco jurídico
y en la creación de instituciones para tal fin.
Existe una Coordinadora Nacional de Erradicación del Trabajo
Infantil (Conaeti), creada en 2002 y conformada por instituciones
públicas, entre las que se encuentra la propia Secretaría
de la Niñez y el Ministerio de Justicia y Trabajo, y organizaciones
no gubernamentales.
También está en marcha un plan nacional de erradicación
progresiva del trabajo infantil y protección para los adolescentes.
Asimismo, "en concordancia con los convenios 138 y 182 de
la OIT, que establecen la edad mínima para trabajar en 14
años y enumera las peores formas de trabajo infantil, respectivamente,
el Poder Ejecutivo emitió en marzo un decreto con la lista
de labores consideradas peligrosas", puntualizó Sánchez.
La herramienta reglamenta otra ley de 2001, que estipula la obligación
del Estado para determinar los trabajos que puedan dañar
la salud, la seguridad o la moralidad de niños, niñas
y adolescentes. Allí se incluyen 26 ítems con labores
expresamente prohibidas para menores de 18 años.
Entre otras, se encuentran contemplados en esa prohibición
la manipulación y venta de agroquímicos y otras sustancias,
"el trabajo infantil doméstico y criadazgo (servidumbre),
modelaje con erotización de la imagen" y tareas que
impliquen riesgo de abuso sexual, así como desarrollar tareas
laborales entre las 19 y las 07 horas. También se incluye
la explotación sexual.
En la elaboración de esta lista participaron entes oficiales,
organizaciones de la sociedad civil, médicos y niños
trabajadores.
"Es permitido el trabajo de un adolescente desde los 14 años",
pero se establecen ciertas limitaciones, como por ejemplo que trabaje
menos de seis horas y que esa tarea no entorpezca su educación,
prosiguió Sánchez.
"Pero partimos de la base de que el trabajo debe ser estrictamente
necesario", aclaró.
Aunque no hay una proyección estadística, las autoridades
reconocen que la actividad que más realizan los niños
en las ciudades es la venta informal callejera de golosinas, estampas
con imágenes religiosas, además de ejercer la mendicidad.
En las áreas rurales, la mayor incidencia está en
trabajos de labranza y cosecha, así como la ayuda obligatoria
en las tareas domésticas.
"El plan nacional en marcha es progresivo", explicó
Facundo Salinas, abogado especializado en minoridad y asesor de
la Secretaría de la Niñez.
"Primero debemos identificar a cada niño y su situación
personal, y desde su realidad dar la respuesta necesaria, porque
todos los casos son diferentes", agregó.
En Coronel Oviedo, la capital del oriental departamento de Caaguazú,
la institución está trabajando en un plan piloto.
"Se facilita a las familias de niños trabajadores la
creación de pequeñas empresas para que los pequeños
no tengan que salir de sus hogares", explicó Sánchez.
"Por ejemplo, como es una zona rica en madera, se tiene buena
respuesta en las miniempresas distribuidoras de carbón. A
cambio de las facilidades, los padres deben comprometerse a que
sus hijos no trabajen", indicó Salinas. (FIN)
Fonte: IPS - Terraviva
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