viernes , 13 febrero 2026

Cuba y su nueva Ley del Sistema Deportivo: entre la apertura y el control

La Ley 179 abre publicidad y patrocinio en el deporte cubano, pero mantiene control estatal que limita autonomía e inversión.

La Habana (Sindical Press) – En un giro histórico dentro del deporte cubano, la Ley 179 del Sistema Deportivo Cubano, aprobada el 18 de julio de 2025 por la Asamblea Nacional del Poder Popular y publicada en la Gaceta Oficial No. 3 Ordinaria de enero de 2026, restablece el marco jurídico integral para el funcionamiento del sistema deportivo nacional. La norma regula la organización, los derechos y deberes de atletas y equipos y reintroduce la posibilidad de publicidad y patrocinio, aunque esta vez bajo la mirada estricta del Estado.

La novedad es significativa. Tras décadas en que el deporte cubano funcionó casi exclusivamente con recursos estatales, la Ley 179 reconoce legalmente la posibilidad de que empresas y actores económicos aporten fondos para eventos, instalaciones y atletas. Este reconocimiento, en términos prácticos, abre una vía de financiamiento adicional, una puerta cerrada desde 1959, y que podría traducirse en mejores condiciones para atletas, entrenadores, equipos y federaciones. Pero, sobre todo, para la reanimación de la economía nacional.

No obstante, como en toda apertura comunista, los límites son turbios y restrictivos. La Ley establece que toda actividad publicitaria y de patrocinio debe ser regulada y autorizada por el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (INDER), así como por otras instancias deportivas provinciales o municipales según las normas y procedimientos generales para el ejercicio de la publicidad y el patrocinio en el Sistema Deportivo Cubano publicadas complementariamente con la Ley.

Es decir, no existe un mercado libre en el sentido clásico: el Estado es intermediario y árbitro final de cualquier acuerdo. Este control garantiza, desde la perspectiva “totalitaria”, que los recursos se distribuyan de acuerdo con los intereses de la obesocracia y no exclusivamente los comerciales.

La Ley 179/25 se enmarca dentro de un contexto legal más amplio. Anteriormente, la Ley de Comunicación Social (Ley 162 de 2023) permitió nuevamente la publicidad comercial en medios cubanos —radio, televisión e incluso prensa oficial— aunque siempre bajo fuerte supervisión estatal y sin admitir espacio para medios independientes. La apertura en el deporte, por tanto, no surge de manera aislada, sino como parte de un proceso gradual de regulación de la economía publicitaria dentro de los límites del régimen cubano.

Para los especialistas, esta norma representa un equilibrio delicado: por un lado, se reconoce la necesidad de nuevas fuentes de financiamiento; por otro, se mantiene un control centralizado que limita la autonomía de los actores deportivos. Aun con la posibilidad de patrocinio, los equipos no negocian libremente con marcas, los atletas no pueden construir una imagen comercial independiente y el flujo de recursos sigue supeditado a la discrecionalidad estatal.

En este contexto, la 179 constituye tanto una oportunidad como un desafío. Es un paso adelante en la formalización de prácticas que ya se desarrollan de manera experimental, pero también deja pendientes cuestiones esenciales: la autonomía de los actores deportivos, la transparencia en la distribución de recursos y la posibilidad de atraer inversión extranjera en condiciones de seguridad jurídica. (La Ley reconoce actores económicos, pero no evidencia pública de normas específicas de inversión extranjera.)

En definitiva, la nueva Ley del Sistema Deportivo cubano inaugura un escenario inédito, en el que la publicidad y el patrocinio son legales por primera vez dentro de este régimen, pero donde el control estatal es absoluto.

El reto ahora es lograr que esta apertura no quede reducida a un instrumento formal, sino que se convierta en una herramienta efectiva para el desarrollo del deporte, sin que los mecanismos de control estrangulen la innovación y la iniciativa de quienes forman parte del sistema.