jueves , 10 julio 2025

El Comité de Libertad Sindical insta al régimen cubano a aceptar una misión de contactos directos

El nuevo informe exige al régimen reconocer a la ASIC, detener la represión contra sus líderes y garantizar libertad sindical.

Ginebra (DDC) – El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha emitido un nuevo informe con un contundente llamado al régimen de Cuba a reconocer oficialmente a la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC), a garantizar la plena libertad sindical en el país y el fin de la represión a sus miembros.

En su última reunión, el Comité evaluó una serie de denuncias sobre actos de persecución, detenciones arbitrarias, limitaciones de movimiento y despidos injustificados contra miembros y dirigentes sindicales de la ASIC, incluido su secretario general, Iván Hernández Carrillo.

A partir de las conclusiones provisionales del caso 3271, el Comité expresó su profunda preocupación por el clima de hostigamiento sistemático al que, de acuerdo con los informes recibidos, se enfrentan los representantes sindicales independientes en la Isla.

Por estas razones, el Comité pidió al Consejo de la Administración de la OIT gestiones para que el Gobierno cubano acepte una misión de contactos directos con el objetivo de recabar más información sobre las denuncias presentadas, facilitar el diálogo entre las partes involucradas y fomentar la implementación efectiva de las recomendaciones formuladas.

Puntos clave

El órgano tripartito de la OIT pidió a La Habana “que garantice el reconocimiento oficial de la ASIC como organización sindical legítima y que le permita operar libremente en el país, incluyendo el desarrollo de sus actividades sin interferencias”.

Sobre la transparencia en procesos judiciales, exigió al Gobierno que presente los resultados de las investigaciones y sentencias relacionadas con sindicalistas acusados de “conducta social impropia” o “alteración del orden público”, tales como Osvaldo Arcis Hernández, Bárbaro Tejeda Sánchez, Anairis Dania Mezerene, entre otros.

Igualmente, el Comité pidió al régimen que responda detalladamente a los alegatos recientes de actos de hostigamiento contra miembros y dirigentes de la ASIC, como Liván Monteagudo Rivero, Bárbaro de la Nuez Ramírez, Consuelo Rodríguez Hernández, Lázaro Roberto Aguiar Mendoza, Yunia Figueredo Cruz, Emilio Alberto Gottardi Gottardi, Iván Hernández Carrillo, Ulises González Moreno, Yaquelín Dalis Caballero, Yoanys Olivera Vicente e Ibán Guerra Hernández.

Fin de las detenciones por actividades sindicales

El Comité de Libertad Sindical subrayó que ningún trabajador debe ser privado de libertad por su participación en actividades sindicales. En ese sentido, insta a enviar con urgencia la sentencia contra Humberto Bello Laffita y a asegurar la libertad de acción de Iván Hernández Carrillo.

Por otra parte, reiteró el derecho de los dirigentes sindicales a participar en foros internacionales, incluso en formato virtual, sin sufrir represalias por parte de las autoridades cubanas.

Recientemente, Hernández Carrillo se vio impedido de asistir en la 113ª Conferencia Internacional del Trabajo. La ASIC, sin derecho a réplica, sin poder intervenir o votar, participó en la conferencia de la OIT a través de la Alternativa Democrática Sindical de las Américas (ADS) y tuvo que ser representada por el sindicalista cubano Joel Brito, residente fuera de Cuba.

Acerca de la libertad de movimiento y el derecho a manifestación, el informe insistió en que los dirigentes de la ASIC deben poder movilizarse dentro del territorio nacional y participar en protestas pacíficas para la defensa de sus intereses, sin restricciones indebidas.

El órgano de la OIT solicitó información completa sobre las investigaciones relacionadas con los despidos de varios sindicalistas, entre ellos Ismael Valentín Castro y Dania Noriega.

Finalmente, el Comité instó al Gobierno cubano a aceptar una misión oficial de contactos de la OIT, lo cual permitiría verificar de primera mano la situación de la libertad sindical en el país y promover soluciones dialogadas.

Estas recomendaciones se producen en un contexto de creciente preocupación por el respeto de los derechos laborales y sindicales en Cuba, en particular frente a los obstáculos que enfrentan las organizaciones independientes al intentar operar fuera del marco institucional oficial.

El Comité de Libertad Sindical ha recalcado que la libertad de asociación es un derecho fundamental reconocido por los convenios de la OIT, y que su ejercicio no puede estar supeditado al reconocimiento o a la simpatía de las autoridades gubernamentales.

Documento relacionado: Informe #411 (Caso 3271)