jueves , 14 noviembre 2024
Los bomberos rocían un camión cisterna con agua para enfriarlo mientras lo retiran del sitio de una explosión mortal que destruyó el Hotel Saratoga, en La Habana, el viernes 6 de mayo de 2022. (AP/ Espinosa)

Una norma de la OIT entre las que no se cumplen en Cuba

La Habana, Cuba | Cuba Sindical – Ricardo Guzmán, alias Puppy, trabajaba como operario en la dulcería Jaimanitas-Trenton cuando sufrió un accidente laboral a causa de un corte eléctrico.

Puppy lleva cuatro años sin trabajar y no tiene pensión médica. Tampoco lo han indemnizado por el accidente. Su familia ha luchado para que se haga justicia, pero una cadena de irregularidades y un sinfín de gestiones burocráticas le hicieron desistir en su empeño.

“Yo había alertado a la administradora que el horno cogía corriente, pero nunca se hizo nada. Aquel día estaba lloviendo y tuve que mojarme ayudando a los estibadores a tapar la harina en el camión. Cuando fui a abrir el horno me dio el chuchazo y me tiró contra la punta de la mesa, lo que me lesionó la columna”.

“Lo del corrientazo no fue nada en comparación con lo de la columna, la operación y la invalidez. Y la carrera sin fin de mi madre y mi hermana para ver si me pagaban el accidente de trabajo. En vano”.

Yusi Téllez, administradora de la dulcería, dice que ella cumplió con su parte: los trámites y presentar el caso a Recursos Humanos de la empresa, pero jamás obtuvo respuesta.

“Me da pena con Puppy”, dice la administradora, “he reclamado también a la empresa. El jefe de Recursos Humanos dice que también cumplió con su parte, que era elevarlo a provincia, pero todo se frenó cuando llegó a la comisión médica”.

Mientras tanto Puppy anda en una silla de ruedas y sobrevive vendiendo jabitas en el parque.

“Ya no siento dolor. No siento nada. Me he resignado a vivir así y ya perdí la esperanza de que me indemnicen. Aquí todo es mentira. Le dije a mi mamá que no fuera más a la empresa, que no le cayera atrás a más nadie. En otro país hubiera demandado y me hubieran pagado un dineral. Aquí tengo que vender jabitas”.

En las normas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se establece el principio que los trabajadores deben estar protegidos contra las enfermedades profesionales y los accidentes resultantes de su trabajo. En Cuba dista mucho de la realidad. Los costos económicos que conllevan las indemnizaciones son muy altos para la magra economía de las empresas y del país. Las pérdidas en la contabilidad relacionadas con las indemnizaciones, las jornadas laborales perdidas, las interrupciones de la producción, la formación y la readaptación profesional y los costos de la atención médica, representan una cifra desalentadora para una economía en bancarrota como la de Cuba y para un gobierno que desprecia a sus trabajadores tanto como a su pueblo.

Las normas de la OIT sobre seguridad y salud en el trabajo proporcionan a los gobiernos en los países democráticos los instrumentos necesarios para garantizar la máxima seguridad en el trabajo. Pero en Cuba esta norma no se cumple, demostrado con la reciente explosión del hotel Saratoga por escape de gas, donde se lamentaron 45 fallecidos y un alto números de lesionados, entre trabajadores del hotel y personas que se encontraban en sitios aledaños.

El trágico suceso que ha despertado una interrogante: ¿Serán indemnizadas las víctimas fatales y a quién se les podrá exigir responsabilidad?

Según las leyes cubanas vigentes, el Estado presumiblemente asume los gastos funerarios, pero no emite indemnizaciones sustanciosas, a pesar de que –como  en este caso– el dueño de la empresa sea el poderoso conglomerado militar GAESA, el cual obtiene ingresos millonarios con su explotación.

Trabajar en el sector del turismo es un sueño para la mayoría de la masa laboral cubana, debido al acceso a las propinas de los extranjeros y las prebendas que disfrutan mensualmente. Pero cuando ocurre un accidente que los incapacita para trabajar o les cuesta la vida, el resarcimiento está supeditado al salario que percibían y a sus contribuciones a la Seguridad Social. Como estos trabajadores cobran salarios en moneda nacional, el monto del resarcimiento, cuando se consigue, resulta irrisorio en comparación con el daño recibido en el accidente de trabajo.

Pero ni GAESA ni CUPET, las dos entidades estatales involucradas en lo ocurrido en el hotel, responderán penalmente por el suceso, pues el Código Penal vigente determina que “a ninguna institución estatal se le puede exigir responsabilidad”.

Esta violación a la norma internacional de la protección al trabajador, es una evidencia más que el trabajador en Cuba está doblemente desprotegido, porque además del salario exiguo que no le alcanza para vivir, está en permanente peligro de quedar al pairo ante un accidente de trabajo, desamparado por un sistema de partido y sindicato único que esclavizan sin ningún tipo de recato a los trabajadores.