martes , 7 abril 2026

CIDH y REDESCA publican informe sobre derechos laborales de médicos en misiones de Cuba

Advierte sobre vulneraciones, coacción, retención de ingresos y restricciones a movilidad, sindicalización y condiciones laborales del personal sanitario desplegado internacionalmente.

Washington, DC (CIDH) – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) publicaron el informe Derechos laborales del personal sanitario en misiones médicas provenientes de Cuba, en el que se analiza la situación de los derechos laborales y sindicales y de los derechos en materia de movilidad humana del personal sanitario que participan en dichas misiones.

Las misiones médicas internacionales provenientes de Cuba han sido caracterizadas por Estados receptores como una forma de cooperación en salud que contribuye al fortalecimiento de sus sistemas públicos, particularmente en contextos donde la atención médica resulta limitada o insuficiente. Estas iniciativas han sido presentadas por el Gobierno cubano como una expresión de solidaridad internacional orientada a ampliar el acceso a servicios de salud. En este sentido, la CIDH reconoce la relevancia de la labor desempeñada por el personal de salud que participa en estas misiones, en la provisión de servicios esenciales para poblaciones en situación de vulnerabilidad.

No obstante, el informe publicado identifica la existencia de prácticas que podrían constituir vulneraciones a los derechos laborales en el contexto de las misiones médicas. Entre ellos, afectaciones al trabajo en condiciones de igualdad y libre de toda forma de discriminación. Estas situaciones se verían agravadas por indicios de que la participación en las misiones no siempre sería voluntaria, sino que responden a contextos que podrían involucrar coacción, amenazas o temor a represalias.

En cuanto a la metodología, la elaboración de este informe adopta un enfoque cualitativo basado en la recopilación, análisis y sistematización de información proveniente de fuentes primarias y secundarias. En particular, la CIDH analizó las normas del derecho cubano aplicables a las misiones médicas y recibió testimonios que ilustran los efectos de las referidas normas en el despliegue de las misiones y en su personal. Si bien, en su mayoría, las personas entrevistadas prestaron servicios en misiones desplegadas en Venezuela, también participaron en misiones de otros países, lo que amplía la cobertura territorial de las experiencias documentadas a un total de 109 misiones médicas internacionales.

Asimismo, el informe incorpora insumos obtenidos a través de una audiencia pública temática, una consulta pública, diversas reuniones de trabajo, el envío de una solicitud de información enviada a los Estados miembros de la OEA, y el aporte sostenido de organizaciones de la sociedad civil. Las fuentes secundarias incluyen información oficial de órganos cubanos, informes de organismos internacionales, estudios académicos e información pública, reconociéndose expresamente las limitaciones de acceso a datos oficiales confiables y actualizados.

El documento da cuenta de la existencia de desafíos estructurales en materia de trabajo decente en las misiones médicas. En particular, además de denuncias de trato diferenciado, se reportan condiciones laborales caracterizadas por niveles de remuneración que podrían resultar insuficientes, prácticas de retención de ingresos, jornadas laborales extensas y la asignación de tareas ajenas a la labor sanitaria, entre otros aspectos. Asimismo, se denunciaron limitaciones en el ejercicio de derechos a la libertad sindical y la negociación colectiva, en un contexto en el que no se permitiría la conformación de sindicatos independientes ni el ejercicio del derecho de huelga.

En materia de movilidad humana, el informe expresa preocupación por disposiciones normativas y prácticas que podrían restringir los derechos de circulación y residencia del personal de salud, como la exigencia de autorizaciones para salir del país, posibles restricciones en la expedición de documentos de viaje, así como la imposición de sanciones en caso de abandono de las misiones, que incluirían penas privativas de libertad y consecuencias en materia de nacionalidad.

Estas medidas se verían reforzadas por prácticas tales como el retiro de pasaportes, la asignación de personal en función de vínculos familiares y restricciones al derecho a la reunificación familiar, con posibles impactos significativos tanto en las personas trabajadoras como en sus familias.

En este contexto, la CIDH y la REDESCA manifiestan preocupación ante la posible configuración de situaciones de trabajo forzoso u obligatorio, en la medida en que concurrirían, en algunos casos, elementos como la falta de consentimiento pleno, el uso de medios coercitivos y la finalidad de explotación laboral. Asimismo, advierten que dichas circunstancias podrían, en determinados casos, derivar en situaciones que reúnan elementos constitutivos de trata de personas.

El informe se estructura en seis capítulos. El primero presenta los antecedentes, alcances, objetivos, metodología y estructura del estudio, así como la relación de Cuba con la CIDH. Los capítulos segundo, tercero y cuarto abordan, respectivamente, el panorama general de la situación de los derechos humanos en Cuba, el funcionamiento de las misiones médicas en el exterior y los derechos laborales de las personas participantes. El quinto capítulo examina los derechos y obligaciones en materia de movilidad humana, y el sexto presenta las conclusiones y recomendaciones dirigidas al Estado cubano y a los Estados receptores.

Entre las recomendaciones formuladas se destacan la necesidad de adoptar medidas para garantizar que la participación en las misiones médicas internacionales sea voluntaria, libre e informada, y con contratos laborales claros, de garantizar condiciones de trabajo digno y decente para el personal de salud en misiones internacionales, y de asegurar el pleno respeto del derecho a la libertad de circulación y retorno de las personas que participan en las misiones médicas.

La Comisión reafirma que continuará dando seguimiento cercano a la situación de las personas trabajadoras de la salud que participan en misiones médicas internacionales, prestando especial atención a las medidas adoptadas tanto por el Estado cubano como por los Estados receptores para implementar las recomendaciones del informe. En este sentido, la CIDH y la REDESCA reiteran su disposición a cooperar con los Estados en la implementación de dichas recomendaciones.

La Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con el objetivo de fortalecer la promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano, liderando los esfuerzos de la Comisión en esta materia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Informe: Derechos laborales del personal sanitario en misiones médicas provenientes de Cuba