jueves , 3 octubre 2024

El Gobierno cubano retendrá el 20% de los ingresos del sector privado por sus exportaciones

En julio, el gobierno anunció que el sector podrían importar e importar, pero solo a través de empresas estatales especializadas.

DDC | El Gobierno cubano retendrá el 20% de los ingresos del sector privado por sus exportaciones y depositará en las cuentas particulares en divisas abiertas para tal fin el 80%, sin contar los costos de operaciones y el margen comercial.

Así recoge la resolución número 114/2020 del Ministerio de Economía y Planificación, publicada por la Gaceta Oficial del 17 de agosto de 2020 y que contiene todas las normas que regirán las exportaciones e importaciones de los trabajadores privados, siempre a través de entidades estatales.

«Las formas de gestión no estatal que realizan sus exportaciones a través de las entidades autorizadas por el ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, reciben en las cuentas en moneda libremente convertible que se habiliten al respecto y de conformidad con lo establecido por el Banco Central de Cuba, el ochenta por ciento (80%) del ingreso percibido por la entidad exportadora, una vez deducidos los costos de operaciones y el margen comercial», señala el artículo uno.

«Las entidades exportadoras autorizadas son las encargadas de aplicar el por ciento (%) mencionado en el artículo anterior, transferir ese monto a la cuenta de la forma de gestión no estatal y liberar el veinte por ciento (20%) restante a la liquidez central», indica el segundo artículo.

«El contravalor en pesos cubanos convertibles (CUC), del veinte por ciento (20%) liberado se transfiere por las entidades exportadoras a la cuenta previamente definida por la forma de gestión no estatal», añade la resolución firmada por el ministro Alejandro Gil.

«Para las importaciones, el precio total que se pacte entre la entidad importadora y la forma de gestión no estatal se cobra en moneda libremente convertible, desde la cuenta de esta última, creada a tales efectos. El margen comercial que cobra la entidad de comercio exterior autorizada se calcula según las disposiciones del Ministerio de Finanzas y Precios y es retenido con respaldo de liquidez por dicha entidad», establece.

En julio, como parte de nuevas medidas económicas y sociales anunciadas con vistas a la captación de dólares, el Gobierno dijo que los negocios privados cubanos podrían importar y exportar sus productos, bienes y servicios, pero a través de empresas estatales especializadas.

«Vamos a trabajar en crear las condiciones para que las formas de gestión no estatales puedan importar y puedan también exportar, porque uno de los temas esenciales de la estrategia (económica) es la diversificación y el incremento de las exportaciones», dijo el ministro de Economía y Planificación.

En una ampliación de este tema, Rodrigo Malmierca, ministro de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, dijo que para concretar esto «las empresas estatales y las no estatales establecerán relaciones a través de contratos».

Cuando Malmierca anunció que, a partir de los acuerdos entre ambas partes, «un porcentaje a determinar se retendrá en divisa en la cuenta de la forma no estatal y el resto en las otras cuentas en CUC o CUP», dijo que el propósito sería tener disponibles «las divisas necesarias para reaprovisionarse».

Por esta razón el Gobierno obliga a los privados a abrirse «cuentas corrientes en moneda libremente convertible», pero también en CUC y CUP.