viernes , 26 abril 2024

Un Código Penal draconiano

La Habana, Cuba | Cuba Sindical – Este domingo, la dictadura cubana aprobó la más draconiana de sus leyes, con un nuevo código penal que castiga con severas penas de cárcel, los derechos básicos de libre expresión y asociación. La flamante norma, un perfeccionamiento represivo de su antecesora (1976), incluye el castigo sobre los que expresen libremente sus ideas, critiquen a los funcionarios o denuncien la corrupción del sindicalismo oficial y los comunistas.

El “parlamento” cubano, unicameral y unipartidista, conocido como Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, aprobó en sesión extraordinaria este 15 de mayo un Código Penal que prevé un endurecimiento de las sanciones y la incorporación de nuevos delitos.  Los “diputados”, en su patética unanimidad, aprobaron el proyecto en una sesión donde estuvieron presentes los más altos gerifaltes.

El nuevo código entrará en vigor dentro de 90 días (al ser publicado en la Gaceta Oficial de la República), e incluye 37 nuevos delitos bajo “desórdenes públicos” para penalizar “las alteraciones producidas en grupos o individualmente”.  Tipifica como delito “sedición” a quienes se manifiesten o realicen acciones de “desobediencia civil” (hay algo más parecido a una huelga obrera), “propaganda contra el orden constitucional y el estado socialista” (la crítica) o “difundan noticias falsas que pongan en peligro el prestigio del Estado Cubano” (denunciar la corrupción de los jerarcas comunistas) y penaliza la participación en “actividades subversivas y las agresiones a las tecnologías de la información y las comunicaciones” (crear memes para Facebook sobre los vientres hinchados de los sindicalistas comunistas).

También prevé sanciones de hasta 10 años de prisión a quien “apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros” de organizaciones no gubernamentales o instituciones internacionales que puedan ser usados para “sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional” (sobre los que reciban financiamiento externo para, por ejemplo, organizaciones sindicales o pequeñas y medianas empresas, periodistas independientes y activistas de derechos humanos, todos proyectos desamparados por el presupuesto estatal).

La norma incrementa la pena a hasta 30 años de cárcel bajo los delitos de espionaje y el intercambio de información no clasificada o secreta con personal diplomático extranjero.

Apenas fue hecho público como proyecto, el texto despertó el total rechazo entre los grupos prodemocráticos en Cuba y el exilio. 

Edilio Hernández, abogado independiente residente en el Cerro y defensor de varios muchachos del 11J, aclaró desde su primera lectura que “el nuevo Código Penal es otra vuelta de tuerca del régimen para intensificar la represión contra los ciudadanos. Aunque este cuerpo llega luego de las históricas manifestaciones del 11 J (las mayores en 60 años), estaban previstas desde antes de la proclamación de la nueva constitución y solo era parte de las trasformaciones para darle un cuerpo legal actualizado al sistema de leyes de manera tal que permitiera de manera más expedita evitar los vacíos legales heredados de la república fundada el 20 de mayo de 1902, y a posteriori la popular Constitución del 40.  Es por eso que en los últimos cuatro años hubo grandes movimientos sociales contra varias leyes que cercenaban la libertad de expresión para los artistas (Decreto Ley 349/2018), para los comunicadores (Ley 88/1999) y el control sobre la internet y la ciberseguridad (Resolución 105/2021)”

Víctor Manuel Domínguez, director del Centro de Capacitación Laboral y Sindical de la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC), un sindicato perseguido por la dictadura, señala que este nuevo sistema legal “no es el Código Penal que Cuba necesita. Tampoco es algo nuevo. Las draconianas leyes de la dictadura fueron impuestas desde que se tiró a la basura la Constitución del 40, orgullo del Estado cubano en su momento por tolerante y misericordiosa. Cronológicamente, este nuevo ecosistema legal coincide en su puesta en vigor con un punto de tensión política y social en Cuba y una crisis de gobernabilidad, con cientos de miles de personas huyendo, el descontento de la clase trabajadora por los salarios y las condiciones de trabajo y vida, pero sobre todo a partir del cambio de sistema del autoritarismo castrista a un nuevo sistema establecido sobre la base de la corrupción, el grupo depredador al estado y el crimen organizado. Es por ello que apuesta por el expansionismo penal, el endurecimiento de los escarmientos, y está concebido para derrotar al activismo político cubano. Cosa que, por cierto, no logró durante la Primavera Negra”.

La ley prevé un número desmedido de delitos por los que se condena a muerte, aun cuando se reconozca el carácter ‘excepcional’ de la ejecución –desde finales del siglo pasado se optó por una moratoria.

No se debe olvidar, que, desde la imposición de la tiranía comunista, “el paredón” o fusilamiento se aplicó frecuentemente con carácter disuasivo, no solo contra la oposición armada, también contra los líderes sindicales que no se plegaron a las orientaciones comunista. julioaleaga@gmail.com