miércoles , 5 agosto 2026
Filas de trabajadores laboran en una fábrica de confecciones en el condado de Akto, en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang, China, el 18 de junio de 2020. (Liu Xin/China News Service)

EE.UU. amplía restricciones contra el trabajo forzoso

La medida confirma el creciente uso del comercio internacional como herramienta para combatir el trabajo forzoso en cadenas productivas mundiales.

(CS) – Estados Unidos prohibió la importación de productos procedentes de otras 43 empresas chinas por sus presuntos vínculos con programas de trabajo forzoso que afectan a uigures y otras minorías étnicas en la región de Xinjiang.

La decisión representa un nuevo paso en una estrategia que combina controles aduaneros, restricciones comerciales y, más recientemente, medidas arancelarias para combatir la explotación laboral en las cadenas globales de suministro.

El Departamento de Seguridad Nacional anunció que las compañías fueron añadidas a la lista de entidades de la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur (Uyghur Forced Labor Prevention Act, UFLPA), elevando de 144 a 187 el número de empresas sujetas a esa medida. Se trata de la mayor ampliación desde la entrada en vigor de la ley, aprobada en 2021 y aplicada desde junio de 2022.

La UFLPA establece una presunción legal según la cual los bienes producidos, total o parcialmente, en la región china de Xinjiang —o por empresas incluidas en la lista— se consideran elaborados mediante trabajo forzoso. En consecuencia, esos productos no pueden ingresar al mercado estadounidense salvo que el importador demuestre, con pruebas suficientes, que no existe relación con esa práctica.

La ampliación de la lista se inscribe en una política estadounidense de larga data contra el trabajo forzoso. La legislación del país prohíbe desde 1930 la importación de bienes producidos mediante esta práctica, mientras que la UFLPA reforzó desde 2022 los controles sobre las cadenas de suministro vinculadas con Xinjiang.

Sobre esa base, la administración Trump dio este año un paso adicional al recurrir a la Sección 301 de la Ley de Comercio para investigar si los principales socios comerciales de Estados Unidos prohíben y hacen cumplir eficazmente la prohibición de importar bienes producidos mediante trabajo forzoso, incorporando por primera vez ese criterio como fundamento de una amplia acción arancelaria.

El pasado 23 de julio, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) anunció la imposición de aranceles del 10 % y del 12,5 % a productos procedentes de 60 economías por considerar que no prohíben o no hacen cumplir eficazmente la prohibición de importar mercancías producidas mediante trabajo forzoso. La medida fue presentada por Washington como parte de una estrategia destinada a proteger a los trabajadores y evitar que productos elaborados mediante explotación laboral obtengan ventajas competitivas en el comercio internacional.

Las 43 empresas incorporadas ahora operan en sectores estratégicos como materiales para baterías, electrónica, aluminio, minería, alimentos y componentes industriales. Según el Departamento de Seguridad Nacional, algunas fueron incluidas por su presunta participación en programas de traslado o empleo de trabajadores uigures y otras minorías, mientras que otras fueron señaladas por abastecerse de materias primas o productos procedentes de entidades ya vinculadas con esos programas laborales.

Entre las compañías figuran productores de litio, fabricantes de condensadores electrónicos, transformadores eléctricos y empresas del sector del aluminio, cuyos productos forman parte de cadenas internacionales de suministro utilizadas en industrias como la automotriz, la electrónica y las energías renovables. La inclusión en la lista obliga a los importadores estadounidenses a revisar el origen de los componentes y materias primas utilizados en sus productos, incluso cuando intervienen múltiples proveedores en distintos países.

China rechaza las acusaciones

China rechazó las acusaciones y sostuvo que las empresas afectadas no utilizan trabajo forzoso. El Ministerio de Comercio calificó la decisión como una medida unilateral que perjudica a las compañías chinas y altera la estabilidad de las cadenas mundiales de suministro.

Pekín reiteró que la legislación china prohíbe el trabajo forzoso y defendió que los programas de empleo en Xinjiang son voluntarios y forman parte de las políticas de desarrollo económico y reducción de la pobreza en la región.

El 5 de agosto, China anunció restricciones comerciales contra seis entidades estadounidenses y controles sobre determinadas exportaciones de drones, entre otras contramedidas. El Ministerio de Comercio chino vinculó expresamente esas decisiones con las recientes restricciones adoptadas por Washington, incluida la incorporación de las 43 empresas a la lista de la UFLPA.

Una práctica que genera miles de millones

El trabajo forzoso continúa siendo una de las principales preocupaciones de los organismos internacionales. La Organización Internacional del Trabajo estima que 27,6 millones de personas se encuentran sometidas a esta práctica en todo el mundo y calcula que la explotación laboral genera alrededor de 236.000 millones de dólares anuales en beneficios ilícitos para quienes la utilizan. Diversos gobiernos han comenzado a trasladar esa preocupación al ámbito comercial mediante normas que exigen una mayor diligencia en las cadenas de suministro.

La Unión Europea aprobó recientemente una regulación que prohibirá, a partir de diciembre de 2027, la comercialización de productos elaborados mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen. Con ello, Bruselas se suma a una tendencia internacional que busca utilizar el comercio como instrumento para reducir los incentivos económicos asociados a esta forma de explotación laboral.

En conjunto, las medidas adoptadas por Estados Unidos y la Unión Europea reflejan una tendencia creciente a utilizar el comercio internacional como herramienta para combatir el trabajo forzoso, con implicaciones cada vez mayores para fabricantes, exportadores, importadores y consumidores.