lunes , 7 septiembre 2026
accidentes laborales en Cuba
Edisvey Rolando Pérez Rodríguez, liniero de 32 años de la Empresa Eléctrica de Sancti Spíritus, fallecido el 3 de septiembre mientras realizaba labores de mantenimiento de la red eléctrica en La Habana. (La Tijera News / Facebook)

¿Quién se hace responsable de las muertes de los trabajadores accidentados?

Accidentes mortales, fallas de seguridad y responsabilidades pendientes cuestionan la protección efectiva de los trabajadores cubanos en sus centros laborales.

La Habana (Sindical Press) – La muerte de un trabajador mientras cumple sus funciones no debería reducirse a una estadística ni quedar encerrada bajo la denominación genérica de “accidente laboral”. Cada caso obliga a preguntarse por las condiciones en que se realizaba el trabajo, las medidas de seguridad existentes y las responsabilidades que pudieran corresponder.

El pasado 3 de septiembre, Edisvey Rolando Pérez Rodríguez, liniero de 32 años perteneciente a la Empresa Eléctrica de Sancti Spíritus, murió mientras participaba en labores de mantenimiento de la red eléctrica en La Habana. El trabajador formaba parte de una brigada desplazada desde esa provincia para apoyar los trabajos en la capital.

La Unión Eléctrica (UNE) confirmó su fallecimiento y lo calificó como un accidente laboral, aunque inicialmente no informó las circunstancias precisas en que ocurrió.

Blanca Elena Franchi Díaz, residente en el reparto El Roble, en el municipio habanero de Guanabacoa, relató en Facebook que la zona llevaba más de 15 días sin electricidad y que, después de reclamaciones de los vecinos, una brigada acudió a trabajar en el transformador averiado.

Según su testimonio, durante esos trabajos llegó corriente a la instalación y uno de los linieros sufrió la descarga eléctrica que le causó la muerte.

“Estamos hablando de una tragedia que no puede tratarse como un simple accidente laboral, porque detrás de este trabajador fallecido hay una familia, hay madres, padres, esposas, hijos. Y además hay una pregunta que todos nos hacemos: ¿cómo es posible que se restablezca el servicio eléctrico mientras hay hombres trabajando?”, escribió Franchi.

Posteriormente trascendió otra explicación sobre el origen de la descarga. Un informe atribuido a la Empresa Eléctrica de Sancti Spíritus señaló que una conexión irregular realizada desde una vivienda habría provocado un retorno de corriente hacia el transformador en el que trabajaba la brigada.

La Empresa Eléctrica de Sancti Spíritus anunció la creación de una comisión investigadora especializada para determinar las causas exactas del accidente y evaluar los procedimientos y medidas de seguridad aplicados durante los trabajos. Corresponderá a esa investigación esclarecer las circunstancias del suceso y las responsabilidades que pudieran derivarse.

Pero cualquiera que haya sido el origen de la corriente, la muerte vuelve a colocar en primer plano las condiciones de seguridad en que los trabajadores cubanos realizan labores de alto riesgo.

La falta o insuficiencia de medios de protección, el incumplimiento de protocolos de seguridad, las deficiencias en la preparación técnica y la carencia de recursos adecuados constituyen preocupaciones persistentes en torno a la protección de los trabajadores cubanos. La propia Empresa Eléctrica de La Habana reconoció recientemente que son múltiples los riesgos que afrontan los trabajadores de las líneas eléctricas en su labor cotidiana. En actividades de alto riesgo, cualquier falla en las medidas preventivas puede tener consecuencias fatales.

Las propias estadísticas oficiales muestran la dimensión del problema. Según la Oficina Nacional de Estadística e Información (ONEI), durante 2025 se registraron en Cuba 664 accidentes de trabajo, con 701 trabajadores lesionados y 38 fallecidos. En 2024 se habían registrado 934 accidentes, 975 lesionados y 52 fallecidos.

En la categoría oficial de Suministro de electricidad, gas y agua, las estadísticas de la ONEI contabilizaron siete fallecidos en 2024 y cinco en 2025: 12 muertes en apenas dos años.

La propia legislación cubana establece responsabilidades concretas en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Código de Trabajo obliga al empleador a suministrar gratuitamente, conservar y mantener los equipos de protección personal y demás medios técnicos necesarios en los puestos que lo requieran.

Por eso, cuando ocurre una muerte en el trabajo, la investigación no debería limitarse a determinar la causa inmediata del accidente. También debe establecer si existían condiciones adecuadas de seguridad, si el trabajador disponía de los medios de protección necesarios y en buen estado, si había recibido la preparación correspondiente y si se cumplieron los procedimientos establecidos.

A estas obligaciones se suman las contraídas por Cuba en el ámbito internacional. El país ratificó el Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre seguridad y salud de los trabajadores y el Convenio 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, ambos actualmente en vigor.

La Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC) ha llevado ante los órganos de control de la OIT sus preocupaciones sobre el cumplimiento de esas obligaciones. En su observación más reciente sobre la aplicación en Cuba del Convenio 155, adoptada en 2025 y publicada en 2026, la Comisión de Expertos de la OIT volvió a referirse a las observaciones presentadas por ASIC y abordó, entre otras cuestiones, la investigación de accidentes laborales graves y la participación de los trabajadores y sus representantes en los asuntos de seguridad y salud en el trabajo.

ASIC también ha denunciado directamente las deficiencias existentes en materia de seguridad laboral. Su secretario general, Iván Hernández Carrillo, ha reclamado la adopción de una política nacional de seguridad y salud en el trabajo con objetivos definidos, presupuesto y participación efectiva de los trabajadores.

La organización ha advertido además sobre la desconfianza de los trabajadores hacia las instituciones estatales encargadas de garantizar su seguridad. Una encuesta realizada por ASIC entre trabajadores cubanos reflejó que más del 95 % de los consultados manifestó desconfianza hacia esas instituciones, un resultado que refuerza las preocupaciones expresadas por la organización sobre la capacidad del sistema existente para prevenir accidentes y proteger efectivamente a los trabajadores.

La muerte de Edisvey se suma a otros accidentes laborales ocurridos recientemente en Cuba.

En junio de 2026, dos trabajadores de la Empresa Labiofam de Villa Clara perdieron la vida mientras realizaban labores de limpieza en un tanque donde, según las informaciones divulgadas sobre el accidente, se habían acumulado gases tóxicos.

Ese mismo mes murió Osmani Rosales Núñez, de 39 años, trabajador de la Empresa Eléctrica de Cárdenas, tras recibir una descarga eléctrica mientras realizaba labores de reparación en la zona de Tenería, en Cárdenas, Matanzas.

Son accidentes ocurridos en circunstancias diferentes y no corresponde atribuirles una causa común. Sin embargo, su reiteración, junto con las estadísticas oficiales de mortalidad laboral, obliga a preguntar por la prevención de riesgos, los medios de protección, la capacitación de los trabajadores y las investigaciones que deben realizarse después de cada accidente grave.

El testimonio de Blanca Elena Franchi no se limita a expresar solidaridad con la familia de Edisvey. También plantea una exigencia que alcanza a quienes tienen la responsabilidad de garantizar condiciones seguras de trabajo.

“Los trabajadores que salen a la calle a reparar averías también son seres humanos y merecen volver sanos y salvos a sus casas. ¿Y quién se hace responsable de esta muerte?”, escribió.

Esa pregunta permanece abierta.

Ante la sucesión de accidentes laborales y la necesidad de esclarecer sus causas, la Asociación Sindical Independiente de Cuba (ASIC) reclama investigaciones transparentes, el cumplimiento efectivo de las normas de seguridad y salud en el trabajo y la determinación de responsabilidades cuando corresponda.

La protección de la vida del trabajador no puede comenzar después del accidente. Debe estar garantizada antes de que suba a un poste, entre en un tanque o realice cualquier otra labor que pueda poner en riesgo su vida.